En el marco de la discusión del Paquete Económico 2026, el coordinador de la bancada de Morena en la Cámara de Diputados, Ricardo Monreal, anunció que presentarán una reserva para reducir el impuesto a las bebidas saborizadas no calóricas —comúnmente conocidas como refrescos light o sin azúcar— que contienen edulcorantes.
La propuesta, que surgió de última hora, fue respaldada por las Secretarías de Hacienda y de Salud, con el aval de la presidenta Claudia Sheinbaum, quien mostró apertura al diálogo con empresarios del sector.
Monreal explicó que la intención es distinguir fiscalmente entre las bebidas azucaradas y las no calóricas, y que la iniciativa será presentada ante los grupos parlamentarios con el objetivo de alcanzar un consenso amplio en el Pleno.
De acuerdo con el subsecretario de Integración y Desarrollo de Salud, Eduardo Clark, el cambio se aplicará en la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS).
La versión original del Paquete Económico proponía homologar el gravamen de 3.08 pesos por litro tanto para bebidas calóricas como para no calóricas.
Sin embargo, tras cinco semanas de diálogo técnico entre autoridades y representantes de la industria, se acordó mantener la tasa de 3.08 pesos para bebidas con azúcar y establecer un impuesto reducido de 1.5 pesos por litro para las versiones sin calorías, es decir, aproximadamente la mitad del gravamen original.
Clark calificó este ajuste como “factible y viable”, pues permite mantener el objetivo recaudatorio sin desalentar la transición hacia opciones con menor impacto metabólico.
Monreal destacó que este consenso con las empresas del sector evita litigios prolongados y facilita la implementación de la reforma fiscal.
Aseguró que “este tipo de acuerdos también evita que los actos jurídicos derivados de nuestra actividad legislativa sean controvertidos jurisdiccionalmente”, subrayando la importancia de la colaboración entre el poder público y el sector privado para garantizar estabilidad normativa y certidumbre empresarial.
El legislador enfatizó, no obstante, que el compromiso del grupo parlamentario va más allá de las bebidas: “debemos insistir con toda la industria alimenticia para revisar la producción de alimentos que afectan la salud y avanzar hacia una política alimentaria más responsable”.
Durante la conferencia, Roberto Campa Cifrián, director de Asuntos Corporativos de FEMSA, anunció que la industria mexicana de Coca-Cola se comprometió a reducir en un 30 % las calorías de sus productos en México, comenzando por las presentaciones de mayor tamaño.
Asimismo, la compañía acordó que las versiones sin azúcar serán más baratas que las regulares, como parte de un plan escalonado que busca que, en un año, el 70 % del volumen total de refrescos comercializado tenga una formulación con menos calorías.
Campa explicó que este proceso implicará ajustar las fórmulas tradicionales de las bebidas, un cambio que Coca-Cola ha implementado progresivamente en otros países con objetivos similares de salud pública.
La propuesta de Morena representa un punto intermedio entre las metas de salud pública y la viabilidad económica del sector, al reconocer las diferencias entre bebidas calóricas y no calóricas.
Si el ajuste al IEPS se aprueba en los términos propuestos, las bebidas sin azúcar dejarían de estar exentas, pero enfrentarían una carga fiscal reducida, lo que podría incentivar tanto la innovación en formulaciones con menos azúcar como un menor impacto en el consumo y en los precios al consumidor.
Con ello, el Congreso buscaría cerrar el debate del IEPS en bebidas saborizadas con un acuerdo equilibrado entre salud, recaudación y competitividad antes de la votación final del Paquete Económico 2026.
Derivado del dinamismo de los negocios, no es raro que surjan diferencias de impuesto a pagar de períodos o ejercicios anteriores. En ocasiones, los contribuyentes cuentan con saldos a favor generados en un período posterior al período por el cual se genera un saldo a cargo.
Para ejemplificar la situación, se plantea un acaso en el que un contribuyente tiene un saldo a favor del Impuesto sobre la Renta (ISR) generado en la declaración anual del ejercicio 2023, que se presentó en marzo de 2024. Posteriormente, en julio de 2024 se percata de que tiene una diferencia a su cargo por la declaración del ejercicio 2021, por la cual presenta declaración complementaria manifestando el saldo a cargo pendiente de pago. En este caso surge la duda de si es posible compensar el saldo a favor del ejercicio 2023 contra el saldo a cargo del ejercicio 2021.
La respuesta es en sentido afirmativo, sí es posible llevar a cabo este tipo de compensaciones. No está limitado por ninguna normatividad, y no sólo eso, sino que el propio Artículo 15 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación (RCFF) prevé un mecanismo particular para el cómputo de los recargos. En su segundo párrafo, la disposición señala:
Cuando la presentación de la declaración que contenga el saldo a favor o la realización del pago de lo indebido se hubieran llevado a cabo con posterioridad a la fecha en la que se causó la contribución o aprovechamiento a pagar, los recargos se causarán por el periodo comprendido entre la fecha en la que debió pagarse la contribución o aprovechamiento y la fecha en la que se originó el saldo a favor o el pago de lo indebido a compensar.
Por tanto, la compensación de un saldo a favor posterior contra un saldo a cargo anterior es válida y prevista por la propia normatividad fiscal.
El 14 de octubre de 2025, empleados del Servicio de Administración Tributaria (SAT) protagonizaron un movimiento nacional de “brazos caídos”, permaneciendo en sus puestos sin realizar labores operativas. Aunque el paro fue breve —resuelto en menos de 48 horas—, puso al descubierto un creciente descontento por las condiciones laborales dentro del organismo recaudador.
El movimiento, convocado por trabajadores de confianza, analistas, abogados y auxiliares, marcó un hecho inusual en la historia del SAT, ya que no fue promovido por sindicatos formales sino por empleados sin representación gremial.
El núcleo de las inconformidades giró en torno a tres ejes principales: salarios, prestaciones y desigualdad laboral. Entre las demandas más destacadas se encontraron:
El paro, además, reflejó la tensión generada por la política de austeridad y los recortes administrativos, que han incrementado la carga de trabajo sin una mejora proporcional en los ingresos del personal.
De acuerdo con la Tarjeta Informativa del SAT del 15 de octubre, 155 de las 162 oficinas operaron con normalidad durante el paro. Solo siete presentaron afectaciones temporales, ubicadas en Chihuahua, Celaya, Guadalajara Sur, Zapopan, CDMX Oriente y CDMX Sur.
En total, se reagendaron 3,258 citas (5% del total programado), y se atendieron 59,248 trámites durante la primera jornada.
Para el 16 de octubre, 161 oficinas ya operaban con normalidad, quedando únicamente Ciudad Juárez sin servicio durante parte del día. En las dos jornadas del conflicto, el SAT logró 131,940 atenciones, garantizando la continuidad del servicio público.
El conflicto fue atendido mediante una mesa de diálogo con mediación de la Secretaría de Gobernación y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. El acuerdo alcanzado permitió la reanudación de labores sin sanciones ni despidos, y el SAT se comprometió a revisar las peticiones laborales en un marco de respeto y corresponsabilidad institucional.
Aunque el paro no contó con respaldo sindical —pues los trabajadores de confianza no pueden afiliarse formalmente bajo la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (LFTSE)—, el gobierno federal optó por la conciliación para evitar un conflicto mayor en plena recta final del ejercicio fiscal.
El personal del SAT se rige por el Apartado B del Artículo 123 Constitucional, lo que limita su derecho a huelga y establece mecanismos específicos de conciliación. En este contexto, el paro de brazos caídos fue una medida simbólica, sin afectación jurídica directa, pero con un alto valor político y social dentro de la estructura administrativa.
Más allá de su pronta resolución, el episodio refleja un malestar acumulado entre los trabajadores del servicio público federal, especialmente en áreas de alta carga y bajo reconocimiento económico. La protesta del SAT podría constituir un precedente para futuras movilizaciones en otras dependencias, donde los empleados de confianza enfrentan condiciones laborales desiguales y pocas vías de representación.
Al 16 de octubre de 2025, el SAT reporta operaciones normales en todo el país. Sin embargo, el organismo continúa bajo observación, tanto por los resultados de su gestión tributaria como por las demandas laborales que quedaron en proceso de revisión.
El paro nacional dejó una lección clara: el personal del SAT busca no solo estabilidad laboral, sino también equidad y reconocimiento dentro del sistema público mexicano.
En la sesión ordinaria vespertina del miércoles 15 de octubre de 2025 (ver Anexo OV – Orden del día), la Cámara de Diputados aprobó en lo general y, en su caso, en lo particular diversos dictámenes del paquete de reforma fiscal correspondiente al ejercicio 2026. Este paquete incluye modificaciones a leyes como la Ley Aduanera, la Ley Federal de Derechos, el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), el Código Fiscal de la Federación (CFF), así como la Ley de Ingresos de la Federación para 2026.
Algunos de estos dictámenes han sido aprobados con “reservas” o modificaciones particulares, y otros con “declaratoria de publicidad”, lo que es un mecanismo para acelerar su promulgación. A continuación, se describen los principales dictámenes y su status:
Todos estos documentos pueden consultarse en el siguiente enlace: Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados (Gaceta Parlamentaria, año XXVIII, número 6898, jueves 16 de octubre de 2025)
De modo general, la Cámara de Diputados ha dado aval político y legal a los componentes centrales del paquete fiscal, en los términos que las comisiones correspondientes (fundamentalmente la Comisión de Hacienda y Crédito Público) les propusieron. Las notas de prensa indican que la reforma al Código Fiscal fue aprobada por mayoría con 348 votos a favor, 130 en contra. También se reporta que la Ley Aduanera fue aprobada previamente en lo general con 338 votos a favor y 129 en contra.
Con ello, los dictámenes aprobados por la Cámara baja ahora avanzan hacia el siguiente tramo del proceso legislativo.
El procedimiento que sigue después de que la Cámara de Diputados aprueba los dictámenes depende de la naturaleza de cada iniciativa (si es de ingresos, fiscal, etc.) y de si ya fue devuelta o no a esa misma Cámara (en casos de devolución conforme a la fracción E del Artículo 72 constitucional). En general, los pasos son los siguientes:
En resumen: los dictámenes fiscales deben pasar por el Senado; las iniciativas aprobadas con “declaratoria de publicidad” pueden pasar más rápidamente a publicación; y finalmente, con la publicación en el DOF, las reformas entrarán en vigor conforme a sus términos previstos.
Al considerar los diversos anexos que mencionaste, conviene destacar ciertos aspectos:
Dada la naturaleza impositiva de estas reformas, el Senado puede hacer observaciones o reservas, lo que podría atrasar su publicación, si no hay consenso, pero por cómo están conformadas la mayoría, alguna modificación se ve difícil.
Por la urgencia del Paquete Económico 2026, se espera que el calendario legislativo acomode estas reformas para que sean aprobadas en los próximos días.
La aprobación relativamente rápida en Diputados con “declaratoria de publicidad” refleja el interés del Ejecutivo y de la mayoría legislativa en acortar retrasos.
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